El desacierto de las tribus de Israel

El desacierto de las tribus de Israel

Las tribus de Israel se unieron de un modo excepcional con el objetivo de castigar a la gente de Guibá. Querían aplicarles la ley correspondiente a la ciudad apóstata, sin embargo resulta que actuaron en forma contraria a la Halajá (Ley religiosa judía).

 

La movilización de todo el pueblo para la guerra contra Guibá, su castigo total y su incendio nos recuerdan la ley de la ciudad apóstata. El texto las compara también desde el aspecto lingüístico: “Han salido hombres, individuos malvados…” (Devarim capítulo 13, versículo 14) y aquí dice “y he aquí, que los hombres de aquella ciudad, hombres malvados…”(Capítulo 19, versículo 22). La comparación aparece también de un modo contrastante: el caso de la ciudad apóstata concluye con “hacer lo recto ante los ojos de Adonai, tu Dios” (Devarim capítulo 13, versículo 19), y el caso de la concubina en Guibá termina con las palabras “cada uno hacía lo recto delante de sus ojos” (Capítulo 21, versículo 25).

Nunca hemos encontrado al pueblo tan cohesionado, unido y aglutinado para una acción decisiva, sin desacuerdos ni fragmentación. El texto hace hincapié en el carácter público y general-israelita de su guerra, y en esta idealización de la descripción de su acción hasta llevarla a lo absurdo. En realidad, la acción del pueblo fracasó rotunda y terriblemente en todos los aspectos: desde el aspecto de su esencia y sus objetivos, en el modo en que fue declarada, en la dirección de la guerra y sus consecuencias.

 

La declaración de una ciudad como apóstata no puede ser iniciativa de una persona particular ni será adoptada por la multitud; dicha declaración debe ser emitida por el tribunal supremo de todo Israel ubicado en “Lishkat Hagazit”, el Salón de las piedras talladas (Rambam, Hiljot Avodá Zará capítulo 4, 6). El castigo de una ciudad apóstata no es un acto de linchamiento como resultado de una agitación emocional sino un acto equilibrado establecido por el tribunal. Sólo cuando la comunidad está estructurada y ordenada conforme a la Halajá y el orden jurídico está vigente, se puede extraer a los malvados y erradicarlos del seno de la comunidad.

Pero cuando la organización de la comunidad se halla en sus primeras fases, aquel que es sacado de ella no es una excepción y no puede darse el caso de una ciudad apóstata. Nuestro caso indica cómo se equivocaron y utilizaron este dispositivo de un modo contrario a la Halajá. La investigación no fue realizada por el alto tribunal  sino por “un tribunal popular” y la misma se inició después de que todo el pueblo se había movilizado (Versículo 2). El pueblo no permitió un proceso regular y ordenado y se apuró en su intromisión. La solicitud a Biniamín de que se arrepientan y retornen, llega después de haber extraído las conclusiones, no fue hecha con sinceridad y manos limpias. En esta realidad, la movilización del pueblo era una señal de venganza tribal.


 

Editado por el equipo del sitio del Tanaj, del libro “Oz Vaanavá-Iyunim beYehoshua veShoftim”, publicado por Midreshet Hagolán

 

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